Para reformar en Tenerife necesitas una comunicación previa u obra menor si no tocas estructura, distribución ni fachada —el caso de la mayoría de reformas de cocina, baño, suelos o instalaciones—, y una licencia de obra mayor con proyecto técnico visado si cambias la distribución, intervienes en elementos estructurales o modificas la envolvente del edificio. El coste principal es el ICIO, en torno al 3-4 % del presupuesto de ejecución, más la tasa municipal. La obra menor se resuelve en semanas; la obra mayor puede tardar meses.
Es el trámite que más gente se salta y el que más disgustos da después. No porque el ayuntamiento esté vigilando cada piso, sino porque aparece cuando menos conviene: al vender la vivienda, al pedir una hipoteca, al dar un parte al seguro o cuando un vecino presenta una queja. Esta guía aclara qué te toca a ti según lo que vayas a hacer.
Los criterios y las tasas concretas dependen de la ordenanza de cada ayuntamiento y cambian con el tiempo. Esta guía explica cómo funciona el sistema en general; el trámite exacto y su importe se confirman siempre en el ayuntamiento de tu municipio antes de empezar. No es asesoramiento jurídico.
Comunicación previa, obra menor y obra mayor
Hay tres regímenes, de menos a más exigente:
Comunicación previa (o declaración responsable)
Comunicas al ayuntamiento que vas a hacer una obra que no requiere autorización previa, pagas la tasa y puedes empezar. Es el régimen de las reformas más ligeras: pintura, sustitución de pavimento, cambio de sanitarios o de mobiliario de cocina sin tocar instalaciones generales.
Obra menor
Obras que no afectan a la estructura, ni a la configuración exterior, ni a la distribución general de la vivienda, pero sí implican trabajo de albañilería y renovación de instalaciones. Es el trámite de la mayoría de reformas de baño y cocina completas, y de las reformas integrales que mantienen la distribución original.
Obra mayor
Requiere proyecto técnico redactado por técnico competente y visado, y dirección facultativa durante la obra. Es obligatoria cuando se interviene en estructura (vigas, pilares, forjados), cuando se modifica la distribución tirando o levantando tabiques, cuando se cambia la fachada o la carpintería exterior de forma que altere el aspecto del edificio, o cuando se modifica el uso de la vivienda.
Qué trámite corresponde a cada reforma
| Lo que quieres hacer | Trámite habitual | ¿Proyecto técnico? |
|---|---|---|
| Pintar y cambiar suelos | Comunicación previa | No |
| Cambiar bañera por ducha | Comunicación previa u obra menor | No |
| Reforma completa de baño | Obra menor | No |
| Reforma completa de cocina | Obra menor | No |
| Renovar fontanería y electricidad | Obra menor | No (sí boletín eléctrico) |
| Reforma integral sin cambiar distribución | Obra menor | Habitualmente no |
| Tirar tabiques o unir estancias | Obra mayor | Sí |
| Abrir hueco en muro de carga | Obra mayor | Sí, con cálculo estructural |
| Cambiar ventanas alterando la fachada | Obra mayor | Sí |
| Cerrar una terraza | Obra mayor | Sí |
Dos avisos que se pasan por alto con frecuencia. El primero: si el edificio está en un conjunto histórico —el casco de La Laguna, por ejemplo, o determinadas zonas de Santa Cruz, La Orotava o Garachico—, casi cualquier intervención que se vea desde la calle exige informe adicional y los criterios son bastante más estrictos. El segundo: en una comunidad de propietarios, tocar elementos comunes (bajantes, fachada, terrazas) necesita además autorización de la comunidad, que es un permiso distinto e independiente del municipal.
Cuánto cuesta la licencia
El coste tiene dos o tres componentes:
- ICIO (impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras): en torno al 3-4 % del presupuesto de ejecución material, según el tipo aprobado por cada municipio.
- Tasa por tramitación de la licencia: un porcentaje menor o una cantidad fija según ordenanza.
- Proyecto técnico y dirección facultativa (solo en obra mayor): honorarios de arquitecto o arquitecto técnico, que dependen de la complejidad.
Como orden de magnitud: en una reforma de 30.000 € de presupuesto de ejecución, la parte municipal ronda los 900-1.200 € de ICIO más la tasa correspondiente. En obra mayor, hay que sumar los honorarios técnicos, que son la partida realmente significativa.
Cuánto tarda en concederse
La comunicación previa habilita para empezar en cuanto se presenta y se abona la tasa. La obra menor sujeta a autorización suele resolverse en semanas. La obra mayor es otro mundo: entre la redacción del proyecto, el visado y la resolución municipal, se puede ir a varios meses.
La consecuencia práctica es de calendario, no de dinero: si tu reforma implica cambio de distribución, el trámite hay que iniciarlo antes de cerrar fechas con nadie. Es la causa más habitual de que una obra empiece dos meses más tarde de lo que el propietario tenía en la cabeza.
Qué documentación hay que presentar
Para obra menor o comunicación previa, lo habitual es:
- Impreso de solicitud del ayuntamiento correspondiente.
- Presupuesto detallado de la obra, con el presupuesto de ejecución material.
- Memoria descriptiva de los trabajos y, si se pide, croquis del estado actual y reformado.
- Justificante de pago de tasas e ICIO.
- Documento acreditativo de la titularidad de la vivienda.
Para obra mayor se añade:
- Proyecto técnico redactado por técnico competente y visado por el colegio profesional.
- Hoja de designación de dirección facultativa.
- Estudio básico de seguridad y salud.
- Estudio de gestión de residuos de construcción.
Qué pasa si reformas sin licencia
Las consecuencias no suelen llegar durante la obra, sino después, y por eso el riesgo se infravalora:
- Orden de paralización y expediente sancionador si el ayuntamiento tiene conocimiento de la obra, normalmente por denuncia de un vecino o de la comunidad.
- Sanción económica, calculada sobre el presupuesto de la obra ejecutada.
- Obligación de legalizar a posteriori, que casi siempre sale más cara que haberlo tramitado a tiempo. Y si lo ejecutado no es legalizable —porque no cumple normativa—, la orden puede ser de demolición.
- Problemas al vender. Una obra no declarada que altera la superficie o la distribución respecto al Registro complica la escritura y puede tumbar la tasación para hipoteca del comprador.
- Cobertura del seguro. Ante un siniestro relacionado con la obra —una fuga, un incendio de origen eléctrico—, una intervención sin licencia y sin boletín da a la aseguradora un argumento sólido para no cubrir.
En nuestros presupuestos de reforma integral de vivienda la licencia va incluida como partida propia y la tramitamos nosotros, con las tasas desglosadas para que veas qué se paga al ayuntamiento y qué a la empresa. Si quieres saber qué trámite te toca a ti, dínoslo en la visita: pide tu presupuesto y lo comprobamos antes de darte fecha de inicio. Y si estás comparando empresas, la guía de cómo elegir empresa de reformas incluye las preguntas concretas que conviene hacer sobre este punto.
Preguntas frecuentes
¿No sabes cuál te toca a ti? El asistente de licencia de obra te lo dice en cinco preguntas, y avisa si tu municipio tiene casco protegido.
¿Necesito licencia para reformar un baño o una cocina?
Sí, aunque normalmente el trámite más sencillo: comunicación previa u obra menor, según el ayuntamiento. Basta con eso mientras no toques estructura, no cambies la distribución general de la vivienda ni modifiques la fachada. Si aprovechas para tirar un tabique o mover la bajante, el trámite puede subir de categoría.
¿Cuánto cuesta una licencia de obra en Tenerife?
El impuesto de construcciones (ICIO) ronda el 3-4 % del presupuesto de ejecución, más la tasa municipal por tramitación. En una reforma de 30.000 € eso son aproximadamente 900-1.200 € de ICIO más la tasa. En obra mayor hay que sumar el proyecto técnico y la dirección facultativa.
¿Cuánto tarda en concederse la licencia?
Una comunicación previa permite empezar prácticamente de inmediato una vez presentada y abonada la tasa. Una obra menor suele resolverse en semanas. Una obra mayor con proyecto puede irse a varios meses, y ese plazo hay que meterlo en el calendario de la reforma desde el principio.
¿Puedo empezar la obra mientras espero la licencia?
En comunicación previa, sí: ese es precisamente su régimen. En obra menor sujeta a autorización y en obra mayor, no. Empezar antes expone a la paralización del expediente y a sanción, y el ahorro de tiempo nunca compensa.
¿Quién tramita la licencia, yo o la empresa de reformas?
Puede hacerlo cualquiera de los dos: el titular es siempre el propietario, pero la tramitación se puede delegar. En nuestros presupuestos la gestión va incluida como partida propia, con las tasas desglosadas para que veas exactamente qué se paga al ayuntamiento y qué a nosotros.